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viernes, 7 de mayo de 2010

Causa en Tribunal de Referimiento...

de Hugo Quezada
para unojotacuatro
fecha 7 de mayo de 2010 09:45
asunto Causa en Tribunal de Referimiento...


ocultar detalles 09:45 (hace 2 horas)

Buenos días hermanos...
Ayer jueves pasó una nueva audiencia en el Tribunal de Referimiento de la Tercera Cámara de la Feria.
Se solicita que habida cuenta el Tribunal a pospuesto para agosto venidero la audiencia donde se definirá quien tiene la razón para encabezar la Directiva de la Fundación para el período 2010-2013, se nombre un Secuestrario para manejar las cosas de Testimonio durante ese período de decisión.
Los abogados representantes del Dr. Julio Escoto Santana, presentaron dos documentos preocupantes para la salud de la Institución :
1 - Sesión No. 68 realizada en enero del 2010 por el Dr. Escoto Santana para reafirmar la expulsión de Raúl Pérez Peña (El Bacho).
La última reunión realizada por la Junta Directiva 2007-2010 fue la No. 67, la cual fue abortada por su presidente i el Quórum presente : el Presidente, el Tesorero i Dos Vocales, al no ponerse de acuerdo con los demás integrantes de la misma. Posteriormente el Dr. Escoto prosiguió ilegalmente esta Sesión i expulsó él mismo al Bacho. Nunca fuimos convocados para esa Sesión No. 68, la cual no sólo es subversiva, sino además, irregular, ilegal i sin ninguna validez, ya que no contó con el quórum requerido de por lo menos 4 titulares presentes en la misma.
2 - Una copia de unos Estatutos del 25 de abril sin la carátula de la Fundación i ningún escrito en su portada. Como se sabe los Estatutos vigentes son la 4ta. Edición Modificada del 24 de mayo del 2003, de los cuales existen miles de ejemplares diseminados por todo el país Si se incurre en tratar de falsificar los Estatutos Vigentes, estaríamos en presencia de un acto criminal, lamentable para los que en ello incurran.
Es lamentable toda esta pérdida de tiempo en vez de dedicarlo a una mejor intención por nuestro país. Es lamentable que el Dr. Escoto Santana incista en tratar vanamente de expulsar al Bacho. De acuerdo a nuestros estatutos (Art. 16-b) sólo existe una forma de sancionar a un miembro de la Fundación :

1 - Se presenta una acusación ante la Junta Directiva (con el quórum requerido)
2 - La Junta Directiva en Sesión Extraordinaria (con el quórum requerido) analiza la acusación. Caso de estar de acuerdo envía la misma a la Comisión de Orden i Disciplina (aquí habría otra dificultad ya que el Bacho es el Presidente de esta Comisión por lo que la misma debería debatir en su seno la escogencia de un Presidente Provisional).
3 - La Comisión de Orden i Disciplina convoca el miembro acusado i debate la acusación con éste.
4 - La Comisión de Orden i Disciplina envía a la Junta Directiva su decisión sobre el caso juzgado.
5 - La Junta Directiva analiza la decisión de la Comisión de Orden i Disciplina i en caso de concordar con esta envía por escrito la decisión al miembro juzgado.
6 - Si la decisión de la ´Comisión no complace al miembro juzgado este apelará en primera instancia a la Junta Directiva la decisión de la Comisión de Orden i Disciplina.
7 - La Junta Directiva analizará de nuevo la decisión de la comisión i los alegatos del miembro juzgado.
8 - La Junta Directiva si ratifica o modifica la decisión de la Comisión de Orden i Disciplina, se lo notificará nuevamente al miembro juzgado.
9 - Si el miembro juzgado no está de acuerdo con su apelación a la Junta Directiva, elevará a una Asamblea General Extraordinaria en segunda instancia, una nueva apelación.
10- Convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria para dilucidar el caso del miembro juzgado. La decisión de la Asamblea General Extraordinaria será definitiva.

Este decálogo de obligaciones estatutarias es lo que obligó al Dr. Escoto Santana a cometer todas las ilegalidades en la que ha incurrido, todo con el propósito de eliminar al Bacho de la carrera hacia la presidencia de Testimonio, cosa que el Dr. Escoto Santana pudo hacer legalmente concurriendo a las elecciones convocadas por mi de acuerdo a lo que establecen nuestros Estatutos Vigentes. Lamentablemente esto no ocurrió así i el Dr. Escoto Santana convocó (un día después de la mía legal) a otra Asamblea a la que de acuerdo a un asistente, no llegaron los asistentes a 40 personas, lo que la hizo dos veces ilegal, ya que este quórum no alcanzaba para la realización de la Asamblea General Ordinaria.
Abrazos
H. quezada
Pasado Presidente 2007-2010
Fundación Testimonio, Inc.

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